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La Transformadora en defensa del Casino: "es símbolo del crecimiento turístico de Necochea"


 La Transformadora utilizó sus redes sociales para visibilizar su postura respecto al edificio del Casino de Necochea. Realizaron una remembranza sobre su época dorada resaltando la importancia de sostener para las futuras generaciones el patrimonio cultural que representa para los necochenses.


 "Sin dudas el dialogo que el complejo Casino entabló con la ciudad a partir de su innovadora arquitectura, transformándose en un símbolo del crecimiento turístico de Necochea, le dio a nuestro distrito una particularidad única e irrepetible, que está destinada a trascender todas las fronteras pensadas, por tanto todo aquel que se precie Necochense tiene la obligatoriedad de defender al complejo Casino, que no es más que defender nuestra historia, nuestra cultura, nuestra identidad, es decir nuestro Patrimonio Histórico y Cultural" señalaron los vecinalistas.


En su posteo recuerdan el proceso de construcción del que fuera el edificio más moderno de Latinoamérica e ícono del crecimiento de nuestra ciudad: "el proyecto fue obra del arquitecto Roberto Quiróz y la construcción estuvo a cargo del Estado Nacional a través de la Dirección de arquitectura, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y la ejecución de la obra fue responsabilidad de la empresa Seminara S.A". 


"Para poder plantar los cimientos, la obra debió remover un médano de 12 metros de altura y trasladar 90.000 metros cúbicos de arena" algo altamente controversial para los cánones de preservación de médanos y dunas actuales.


Vale recordar que el bloque de concejales de la ACT fue el único que acercó al intendente Arturo Rojas una propuesta alternativa para definir el futuro del complejo Casino tras dos fallidos llamados a licitación.


La iniciativa consiste en la conformación de una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, SAPEM, teniendo en cuenta  que el marco jurídico para este tipo de sociedades está dado por la Ley General de Sociedades, en su artículo 308 y subsiguientes.



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