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Revés judicial para Porcaro, Bernardo Bibel y Manuel Portela por la "Ruta del dinero K"




La Cámara Federal de Casación Penal anuló los sobreseimientos que habían beneficiado al operador K Roberto Porcaro, al juez federal de Necochea Bernardo Bibel y al fiscal Juan Manuel Portela, entre otros acusados, imputados por supuestas irregularidades en la investigación de la concesión irregular de la construcción de "Sitio Cero" por un monto inicial de 60 millones de dólares en el puerto de Quequén.


La decisión fue de la Sala IV de la Cámara de Casación, que hizo lugar al recurso del fiscal de Mar del Plata Juan Manuel Pettigiani contra la sentencia de la Cámara Federal de Mar del Plata que había sobreseído a los imputados. El fallo lleva la firma de los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos.


El argumento que fundamenta el fallo que lleva la firma de los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos afirma que“Los sobreseimientos dictados en las presentes actuaciones lucen desconectados argumentalmente de la controversia jurídica planteada, y demuestran falta de exhaustividad en el análisis de las constancias incorporadas al proceso”.


Los afectados por la decisión judicial son Porcaro, Bibel, Portela y José Luis de Gregorio, presidente de la Administración del Puerto de Quequén, entre otros miembros de la administración judicial y empresarios.


Corrupción en el reinado de "Porcarito"


El caso empezó en el 2012 cuando De Gregorio, como presidente del consorcio de puertos de Quequén, otorgó sin licitación una concesión para construir un elevador de granos en ocho hectáreas ubicadas en la boca del puerto denominada “Sitio 0″, donde se cargan los buques que vienen desde el exterior. Es un contrato por casi 50 años, a cambio de obras por 60 millones de dólares. 


La empresa concesionaria habría sido creada diez días después de recibir la concesión. Se llama “Sitio 0 de Quequén SA” y entre sus socios “aparecen Financial Net., Alea y Cia, E-Grain, Lartirigoyen y Cia, y A&J Nari”.


Se puso el ojo en la irregular adjudicación de una obra pública en el Puerto de Quequén y concesión de su explotación a un consorcio de sociedades privado -entre las cuales se encontrara la firma Financial Net Sociedad de Bolsa S.A-, sin licitación o compulsa de precios, en violación a la ley de contrataciones del Estado.


También se investigó la supuesta recepción de un pago por un millón de dólares por parte de Roberto Florentino Porcaro, operador político del Frente para la Victoria y de su esposa, Patricia Sirvente, a través de bonos del Estado, para hacer valer su influencia sobre los funcionarios públicos a cargo de la administración del puerto, con el fin de que se concretara la contratación.


Además, se investigó un posible lavado de dinero, a raíz de que los títulos de deuda soberana con los que se habría efectivizado el pago a Porcaro tendrían un origen ilícito.


Los bonos, que pertenecerían a la empresa Helvetic Services Group S.A., mencionada en la causa de “La ruta del dinero K” y el lavado de dinero de Lázaro Báez, habrían sido transferidos a Porcaro por sus representantes, Jorge Chueco y Néstor Marcelo Ramos (mencionados tabién en la causa Báez), y la operación habría sido llevada a cabo por intermedio de la firma Financial Net Sociedad de Bolsa S.A., cuyo presidente resultaba ser Carlos Honorio Mocorrea.


De acuerdo a la denuncia, desde que fue recibida la causa FMP 2492/2013 en el Juzgado Federal de Necochea, el fiscal federal no habría encaminado las medidas de prueba pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos, sino que, al contrario, habría incurrido en un actuar deficiente para direccionar las actuaciones a su archivo, temperamento éste que fue adoptado por el juez Bibel, quien se basó para ello principalmente en el dictamen desestimatorio del acusador.


Ahora, los jueces de casación entendieron que las cuestiones que la Cámara pretendió tener por acreditadas a fin de dictar los sobreseimientos dispuestos en el caso que se investiga la irregular instrucción de la causa se presentan controvertidas y deben ser suficientemente analizadas a la luz de las pruebas obrantes en la causa y del resultado que pudieran arrojar aquellas medidas probatorias propuestas por la acusación, permitiendo de este modo esclarecer lo ocurrido previo resolver la situación procesal de los encausados.



Fuente: Clarín - La Nación

1 comentario:

  1. José María Martoccia31 de enero de 2023, 13:24

    Juez y fiscal tendrán que devolver alguna "coimisión"? O cómo siempre todo va a quedar en la nada y los delincuentes y sus cómplices de la justica todos contentos

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